LA CORTE LE PIDIÓ DICTAMEN A CASAL SOBRE EL PEDIDO DEL GOBIERNO CONTRA LA CONSTITUCIÓN DE JUJUY

La Corte Suprema le pidió dictamen al procurador general de la Nación interino, Eduardo Casal, sobre el reclamo del Estado Nacional por la inconstitucionalidad parcial de la Constitución de Jujuy.

 «Con el objeto de que dictamine acerca de la competencia del Tribunal, pasen las actuaciones a la Procuración General de la Nación», dispuso el secretario de Juicios Originarios de la Corte, Alejandro Daniel Rodríguez.
   La Corte le dio ingreso formal el miércoles a la «acción declarativa de inconstitucionalidad» presentada por el ministro de Justicia, Martín Soria, y por el abogado en representación del Estado Nacional Pablo Perchia.
   El escrito, de medio centenar de páginas, plantea la «inconstitucionalidad e inconvencionalidad» de tres artículos de la carta magna jujeña: 67 inciso 4°, 94 y 95.
   Esos artículos se refieren a las modalidades de la protesta social y la prohibición y criminalización de los bloqueos de carreteras y los derechos a la tierra de los pueblos originarios en territorio provincial.
   Según la presentación –que Soria aclara que es a instancias del presidente, Alberto Fernández- los artículos cuestionados «subvierten el orden institucional creado por la Constitución Nacional, así como derechos y garantías allí consagrados».
   «Lo hace también con respecto a la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, que integran el bloque de constitucionalidad junto con la Carta Magna; así como con el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo», añade el texto, al que accedió NA.
   El Gobierno Nacional sostiene que la Constitución jujeña modificada «quebranta la razonabilidad que debe caracterizar a toda norma jurídica» y «supone, en síntesis, una cuestión de altísima gravedad institucional».
   El escrito proclama que la Corte debe intervenir como tribunal único por «competencia originaria» y, para ello, invoca tácitamente antecedentes recientes relacionados con los procesos eleccionarios en San Juan y Tucumán.
   «Es un criterio constante de la Corte Suprema el de asumir la competencia originaria en aquellos casos en los que, mediante leyes o actos de autoridades locales, se alegue una repugnancia directa entre aquellas y normas de la Constitución Nacional», subraya el escrito.
   «Tampoco debe soslayarse la innegable gravedad institucional que la cuestión conlleva, pues está en juego el orden institucional de la república y el sistema democrático, así como los valores que lo sustentan», resume el documento.

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