DUDAS SOBRE LA REALIZACIÓN DEL PRIMER JUICIO POR JURADOS EN LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

El primer juicio por jurados en la Ciudad de Buenos Aires, para cuya realización fue designada por sorteo para conducir el proceso la magistrada penal porteña Carla Cavaliere, tiene aún que superar algunos planteos que ponen en duda su efectiva realización.

El martes último en la Sala de Audiencias de la Cámara Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas, se llevó a cabo el sorteo de la jueza para un caso de «estrago imprudente» agravado por la muerte de una persona.
   Se trata de Adrián Continiello, un trabajador de la TV Pública de 32 años de edad, quien falleció como consecuencia del derrumbe del edificio de Pavón 3078, de esta Capital, donde vivía.
   El hecho ocurrió el 1º de abril de 2019 y los ocho imputados están relacionados con la construcción de un edificio contiguo que causó el derrumbe mortal.
   Si bien la designación de la jueza Cavaliere abrió el sendero hacia la conformación del jurado popular, fuentes de la Justicia porteña explicaron que al menos una de las partes ya cuestionó judicialmente la metodología escogida para realizar el juicio.
   El planteo deberá ser resuelto en la próxima instancia por la Cámara Penal y Contravencional porteña, que aún no recibió el expediente.
   Su decisión, incluso, es apelable ante el Tribunal Superior de Justicia porteño.
   Las fuentes explicaron que el proceso ya tenía un tribunal colegiado asignado, pero recientemente entró en vigencia una nueva legislación que establece que, ante delitos con penas previstas graves, queda habilitada la instancia del juicio por jurados.
   En este caso, por el tipo de delitos que se trata, el «estrago» es una de las figuras que fue transferida a la Ciudad en el marco del traspaso de competencias desde la Justicia nacional a la local.
   Como el estrago tiene la agravante de haber causado una muerte, la pena en expectativa llega hasta los 20 años de prisión para los imputados, lo que habilita la intervención de un jurado popular, pero al menos una de las partes objetó esa decisión, de modo que la realización bajo esa modalidad no está todavía confirmada.
   No obstante, la Justicia porteña ya inició el proceso para la selección de los jurados populares, conformando un padrón con ciudadanos cuyos DNI terminen con el número 605.
   Sobre ese padrón comenzará un proceso de selección, en el que intervendrán las partes, para finalmente designar a 12 titulares y dos suplentes que fungirán como jurados, en caso de que se apruebe la modalidad.
   El jurado popular sólo puede dar un veredicto de «culpable», «no culpable» o «no culpable por razones de inimputabilidad», y la jueza técnica –en este caso Cavaliere- deberá establecer y fundamentar el monto de la eventual condena.

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