BIENES PERSONALES: GOBIERNO OFICIALIZA CAMBIOS, QUE COMIENZAN A REGIR DESDE 2019

El Gobierno oficializó hoy las modificaciones que aprobó el Congreso sobre el impuesto a los Bienes Personales, que comenzarán a regir desde el ejercicio 2019.


  Lo hizo a través de la promulgación de la ley Ley 27.480, que fue sancionada por el Parlamento el 5 de diciembre último y publicada este viernes en el Boletín Oficial.
   Esa nueva ley introdujo cambios a otra, la 23.966, y forma parte del paquete económico que acompañó al Presupuesto 2019.
   Entre otros puntos, la norma aumenta el mínimo no imponible de Bienes Personales, de 1.050.000 millón de pesos actual a 2 millones de pesos.
   Además, incrementa las alícuotas: hasta este año, se aplica una fija del 0,25% para todos los contribuyentes; desde 2019, habrá una escala progresiva, por lo cual quienes tengan más bienes, tributarán más.
   Así, la alícuota que en este año fue del 0,25% (a pagar sobre el excedente), se mantendrá en ese nivel si el valor total de los bienes declarados fuera de entre 2 y 5 millones de pesos, pero subirá al 0,5% entre 5 y 20 millones y al 0,75 cuando la suma declarada fuera superior a los 20 millones.
   Si se trata de un inmueble adicional utilizado como renta a través de su alquiler en el mercado, pagará por el total de su valuación, independientemente de cuál sea el monto.
   También, quedaron eximidos de abonar este impuesto los inmuebles cuyo valor impositivo no supere los 18 millones de pesos y donde sus propietarios residan de forma permanente.
   Los propietarios de inmuebles rurales mantendrán la exención del tributo, por lo cual no pagarán por sus campos, independientemente de que se encuentren explotados o no.
   Según la ley, para el cierre del 2018 regirá, por último año, el beneficio que tuvieron los contribuyentes que se presentaron como cumplidores en el último blanqueo, que quedaban eximidos de tener que pagar durante tres años.

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